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La ética de la responsabilidad de Weber en la política de seguridad

  • Foto del escritor: Jessica García
    Jessica García
  • 28 oct 2020
  • 4 Min. de lectura

Análisis y conclusiones.

Hoy en día, cien años después de que el pensador Max Weber diera su ponencia “La política como vocación”, sus ideas en torno a la ciencia política, el derecho, la historia, la sociología, la economía, entre muchas otras, siguen vigentes. Así pues, siendo uno de los pensadores más influyentes en distintas áreas, su nombre y aportaciones son constantemente mencionados en aulas de clases y en diversos textos que analizan y discuten su pensar, ejemplo de esto es el libro titulado “Weber y la política como vocación. Estudios y reflexiones a cien años de distancia”. Derivado de lo anterior, el presente ensayo será entonces una indagación y conclusiones propias sobre lo antes mencionado.

En el libro se resalta la importancia de la vocación en el ejercicio de la política desde cualquier aspecto. Sin embargo, en el capítulo “La ética de la responsabilidad de Weber en la política de la seguridad”, García va más allá y se adentra en las ideas que Weber planteó en torno a la importancia de que los políticos actúen con mesura y no se dejen guiar únicamente por sus convicciones o ideas narcisistas, y en contraparte, tampoco legitimen los ciudadanos el poder de estos únicamente por el carisma que dicha vocación les otorga.

Es prudente brindar para efectos del presente una definición de lo que debe entenderse como ética, Zan le define como “un conjunto de creencias, actitudes e ideales que configuran un modo de ser de la persona o la “personalidad cultural básica” de un grupo humano” (2004). Puede concretarse entonces que la ética se refiere al bien, a la felicidad, o en sí al ideal de lo que diversos autores han llamado “la buena vida”. Siendo así, el sentido de responsabilidad y ética que Weber considera debe acompañar siempre a la acción política lleva al cuestionamiento de la relación entre los conceptos de seguridad y libertad.

Para Parent Jacquemin, la libertad, los derechos humanos y la legitimación de los gobiernos están estrechamente relacionados, pues afirma que al Estado reservarse de manera legítima el ejercicio de la violencia física, los individuos entregan parte de su libertad para beneficiar al bien común que hoy en día tiene como su máxima expresión el goce de derechos humanos por todas y todos. Al mismo tiempo, los gobiernos están constantemente en busca de formas para legitimarse a sí mismos y también a dicho monopolio de la violencia (2000), esta idea retoma la planteada por Rousseau en el “Contrato Social”.

En relación con lo planteado en el párrafo anterior, García hace referencia en el libro al “lenguaje bélico”, utilizado constantemente en los discursos políticos al defender la seguridad de un Estado. La autora hace énfasis en que este uso del lenguaje es en su mayoría desproporcionado al peligro que se enfrenta y, por ende, deriva en medidas igualmente desproporcionadas. Este planteamiento es acertado, pues se evidencia constantemente en conflictos como la guerra contra el crimen organizado en México, o incluso en el discurso que se ha generado más recientemente desde cargos públicos en contra de colectivas feministas y las protestas que no encuadran completamente en lo pacífico, esto sin que altos funcionarios y funcionarias consideren antes el impacto que dichas acusaciones tienen sobre el ejercicio de libertades y demás derechos de las mujeres.

En el mismo orden de ideas, es prudente citar textualmente uno de los planteamientos vertidos en el texto a analizar, en la cual se menciona que es:

Relevante distinguir entre aquellos escenarios que realmente precisan de una intervención urgente y excepcional para garantizar la seguridad de otros que, dada su complejidad, no se deberían abordar, en ningún caso, desde el miedo, ya que convierte en un problema de seguridad algo que no lo es. (García, 2020)

Asimismo, es correcto afirmar que la democracia se ve fuertemente debilitada por el miedo, pues este a su vez justifica tratos discriminatorios bajo el pretexto de la desconfianza.

De manera muy específica, se dedica un apartado completo del capítulo a la ética de la responsabilidad en las políticas de seguridad, en este sentido es cierto que esta también se relaciona íntima y directamente con los conceptos de democracia y libertad. Es valioso recordar que el Estado tiene entre sus funciones a la seguridad pública y, siendo así, volviendo al Estado Mexicano, al brindar soluciones para la inseguridad se debe realizar una verdadera profesionalización de los funcionarios y de la administración pública como tal, pues esto permitirá realizar análisis técnicos y especializados que permitan cumplir a cabalidad con lo que la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 21.

A manera de conclusión, es de suma importancia que además de contar con conocimientos sobre las diversas áreas de las ciencias políticas, como se ha mencionado en escritos precedentes, es preciso que quienes ejercen la política desde puestos de poder adquieran y practiquen en todo momento la ética de la responsabilidad planteada por Weber. Asimismo, no se debe olvidar ni desestimar la importancia del discurso político y de las palabras utilizadas en este, toda vez que tiene un impacto directo en el goce de derechos y garantías.

Referencias

García, V. (2020). La ética de la responsabilidad de Weber en la política de seguridad. En Covarrubias, I. & Sánchez, H. (eds.) Weber y la política como vocación. Estudios y reflexiones a cien años de distancia. (pp. 91–109). Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas. https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/6032-weber-y-la-politica-como-vocacion-estudios-y-reflexiones-a-cien-anos-de-distancia

Parent, J. (2000). La Libertad: Condición de los Derechos Humanos. Convergencia. Revista de Ciencias Sociales. https://www.redalyc.org/pdf/105/10502207.pdf

Zan, J. (2004). Conceptos de “ética” y moral. En La ética, los derechos y la justicia. (pp. 19–43). Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2228/4.pdf

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